Escuela Secundaria Técnica #26


 


COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES ACADÉMICAS

- FUNCIONES -

1.- Coordinar el desarrollo de las actividades académicas, conforme al plan y los programas de estudio vigentes y lineamientos que establezca la dirección del plantel.

2.- Difundir entre el personal docente el plan y los programas de estudio, los métodos y las técnicas educativas del área académica; que permitan desarrollar los programas con la coordinación de los jefes de enseñanza correspondientes.

3.- Elaborar y presentar a la Dirección de la escuela el Programa Anual de Trabajo de Actividades académicas, requeridas para el cumplimiento del plan y los programas de estudio.

4.- Participar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo del Plantel y en el Proyecto Escolar.

5.- Supervisar que el desarrollo del proceso educativo que realicen los maestros de actividades académicas, se efectúen de acuerdo con las normas y los lineamientos establecidos.

6.- Colaborar con la labor de supervisión y asesoría externa, técnico pedagógica de los jefes de enseñanza proporcionándoles toda la información que estos requieran, así como plantear las necesidades de la coordinación a su cargo.

7.- Mantener en operación los mecanismos de comunicación establecidos que permitan la integración del personal a su cargo y la interrelación con otros órganos del plantel.

8.- Promover permanentemente que mediante el cumplimiento de los programas de estudio del área académica se permita la integración y unificación de los conceptos y la terminología fundamental con el área tecnológica, a fin de coadyuvar a la formación integral del educando.

9.- Asesorar y orientar al personal docente de su competencia en la selección y utilización de los métodos, técnicas y materiales didácticos que permitan un mejor cumplimiento del plan y programas de estudio, contando para ello con la asesoría y participación de los jefes de enseñanza.

10.- Procesar y analizar de manera conjunta con el personal docente de las actividades académicas el aprovechamiento escolar y a partir de esto definir acciones que favorezcan el mejoramiento de la calidad y eficiencia de los procesos de enseñanza y de aprendizaje.

11.- Organizar las sesiones de academia de las actividades de su competencia, conforme al Manual de Organización de la Academia de Maestros de las Escuelas Secundarias Técnicas.

12.- Realizar la evaluación continúa de los programas de estudio de las actividades académicas de la educación secundaria técnica, de conformidad con las normas, instructivos e instrumentos que determine la Dirección General de Educación Secundaria Técnica.

13.- Proponer a la dirección y a la subdirección del plantel acciones dentro del área de su competencia que permitan optimizar la utilización de los recursos a fin de mejorar el desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje.

14.- Realizar la evaluación continúa del desempeño de los docentes de las actividades académicas del plantel, de conformidad con las normas, instructivos e instrumentos que determine la Dirección General de Educación Secundaria Técnica e informar al director del plantel.

15.- Realizar la evaluación del aprovechamiento escolar de las actividades académicas de conformidad con las normas, instructivos e instrumentos que determine la Dirección General de Educación Secundaria Técnica e informar los resultados al subdirector del plantel.

16.- Fomentar la actualización y superación del personal docente a través de lecturas, talleres, asesorías, conferencias, círculos de estudio y encuentros, para propiciar un mayor aprovechamiento de los educandos.

17.- Participar en las Actividades del Consejo Consultivo Escolar y del Consejo Escolar de Participación Social.

18.- Informar, de acuerdo con los lineamientos que establezca la dirección del plantel, sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en su área.

19.- Desempeñar dentro del área de su competencia las comisiones que le sean conferidas por la dirección.

Graciela Ortega Mendoza

Coordinación Académica


COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES TECNOLÓGICAS

- FUNCIONES -

1.- Coordinar el desarrollo de la educación tecnológica para alumnos de secundaria y para mayores de quince años de acuerdo con las normas, instructivos e instrumentos que establezcan las autoridades superiores a través de la Dirección del plantel.

2.- Difundir entre el personal docente de actividades tecnológicas el plan y los programas de estudio, los métodos y las técnicas educativas del área tecnológica, que proporcione la Dirección del plantel.

3.- Presentar a la Dirección del plantel el programa anual de actividades de la coordinación.

4.- Programar el desarrollo de las actividades tecnológicas, vinculando los aspectos teóricos y prácticos del plan y los programas de estudio.

5.- Supervisar que el desarrollo del proceso educativo que realicen los maestros de educación tecnológica se efectúen de acuerdo con las normas y los lineamientos vigentes.

6.- Apoyar la labor de supervisión y asesoría externa, técnico pedagógica de los jefes de enseñanza proporcionándoles toda la información que estos requieran así como plantear las necesidades de la coordinación a su cargo a la Dirección del plantel.

7.- Mantener en operación los mecanismos de comunicación establecidos que permitan la integración del personal a su cargo y la interrelación con otros órganos del plantel.

8.- Promover permanentemente que por medio del cumplimiento de los planes y los programas de estudios del área tecnológica se permita la integración y unificación de los conceptos y la terminología fundamental con el área académica, a fin de coadyuvar a la formación integral del educando.

9.- Asesorar al personal docente de educación tecnológica en la utilización de los métodos, técnicas y materiales didácticos que permitan un mejor cumplimiento del plan y los programas de estudio contando para ello con la asesoría y participación de los jefes de enseñanza.

10.- Procesar, analizar y evaluar de manera conjunta con el personal docente de educación tecnológica el aprovechamiento escolar y a partir de ésta definir acciones que favorezcan el mejoramiento de la calidad y eficiencia de los procesos de enseñanza y de aprendizaje.

11.- Promover la organización y realización de las academias de maestros de la coordinación a su cargo, conforme al Manual de Organización de la Academia de Maestros de las Escuelas Secundarias Técnicas.

12.- Realizar la evaluación continúa de los programas de estudios de las actividades tecnológicas y de la educación tecnológica básica para mayores de quince años, de conformidad con las normas, instructivos e instrumentos que determine la Dirección General de Educación Secundaria Técnica e informar al Director del plantel.

13.- Realizar la evaluación continúa del desempeño de los docentes de actividades tecnológicas y de educación tecnológica básica para mayores de quince años, de conformidad con las normas, instructivos e instrumentos que determine la Dirección General de Educación Secundaria Técnica e informar al subdirector del plantel.

14.- Proponer a la Dirección y/o a la Subdirección del plantel acciones dentro del área de su competencia que permitan optimizar la utilización de los recursos a fin de mejorar el proceso educativo.

15.- Fomentar la actualización y superación del personal docente a través de lecturas, talleres, asesorías, conferencias, círculos de estudio y encuentros, para propiciar un mayor aprovechamiento de los educandos.

16.- Informar a la Dirección del plantel sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos dentro de su área, conforme a los lineamientos establecidos.

17.- Supervisar, coordinar y asesorar a las unidades de producción de la cooperativa escolar en el desarrollo de sus actividades productivas.

18.- Participar en las Actividades del Consejo Consultivo Escolar y del Consejo Escolar de Participación Social.

19.- Desempeñar dentro del área de su competencia las comisiones que le sean conferidas por la dirección del plantel.

González Enciso Celia Dolores

Coordinación Tecnológica


 

 

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